San Lorenzo.

Sitio web: http://parroquiamatrizsanlorenzo.blogspot.com

INTRODUCCIÓN.

Fecha de Fundación: 3 de Marzo de 1681
Arciprestazgo de San Lorenzo, Vicaría Episcopal de Las Palmas.
Diócesis de Canarias.
La Parroquia Matriz de San Lorenzo es la segunda parroquia más antigua de la ciudad, después del Sagrario Catedral. Un bello edificio que cuenta con un rico patrimonio religioso, artístico y cultural, que ha ido adquiriendo y conservando durante más de 330 años de historia.
Su Patrón  Principal es San Lorenzo, cuyos festejos son en agosto, y Ntra. Sra. del Buen Suceso y San Sebastán como Copatrones.

Esta parroquia cuenta con un archivo histórico de gran importancia y con un Cementerio Parroquial. Además administra 3 parroquias anejas: Ntra. Sra. de la Medalla Milagrosa (La Milagrosa), San Gregorio Magno (Siete Puertas) y San Francisco de Asís (Almatriche Alto).

 

HISTORIA.

San Lorenzo-imagenPresumiblemente en el siglo XVI y el primer cuarto del XVII los estantes en el Lugarejo eran los pedreros que trabajaban en las canteras cercanas, que al convertirse en estantes impulsarán la aprobación de una parroquia.
El Obispo de Canarias Francisco Sánchez de Villanueva y Vega concedió el permiso de erección de la ermita el día 14 de marzo de 1638, con la condición de que los vecinos tenían que obligarse a costear toda la fábrica y dotación de la misma. De la advocación de la ermita a San Lorenzo no se tienen noticias.
a parroquia de San Lorenzo fue creada ayuda de la del Sagrario de la Catedral, separándose directamente de esta última. En el primer libro de Fábrica del Lugarejo de Tamaraceite hay una nota que dice: «…el año 1640; y se bendijo y cantó misa en el día de nuestro glorioso Patrono del año 1645. El once de marzo de 1681 se colocó el Santísimo para erigir en Parroquia”(CAZORLA LEÓN, S.: Historia de la Catedral de Canarias, Las Palmas de GC, 1992).
La primera boda y velación celebrada en esta ermita fue el 12 de febrero de 1646, la de una hija del «Capitán y Alcalde del Lugarejo de Tamaraceite, Lázaro de Ortega y de María Vidal (. . .) fueron los primeros que se han velado por ser iglesia nueva». El 2 de septiembre de 1680 era capellán de esta ermita el presbítero Juan González Travieso y aparece casando y velando ese día en su Capilla con licencia del cura del Sagrario.
Es a partir del año 1663 con la ermita construida, según los protocolos y libros parroquiales, cuando es sustituido el arcaísmo castellano «lugarejo», por el Lugar de San Lorenzo. Como el lugar estaba lejos de la iglesia del Sagrario y sus habitantes se habían multiplicado, el Cabildo pidió licencia a García Ximénez a Tenerife para hacerla ayuda de parroquia.
Así lo comunica el Prelado al Rey el 9 de octubre de 1687: «Yo en mi tiempo las parroquias que he erigido (…) la de San Lorenzo, que era una ermita perteneciente al Sagrario de mi Catedral de Canaria y por haberse aumentado su vecindad y la incomodidad de salir los curas del Sagrario a administrar los sacramentos, me pidió mi Cabildo la erigiese en parroquia anexa al Sagrario con cura separado que fuese de su nombramiento como lo son los otros y así se hizo».
En el Libro Primero de Fábrica de la parroquia de San Lorenzo se puede leer que los linderos y términos de la parroquia constan en el número uno del protocolo de escrituras e instrumentos que se hacen en la visita realizada en el mes de marzo del año 1681, colocándose en el Libro Primero de Bautismos.
De lo que se nos indica en el escrito anterior, hoy en día nada aparece, por tanto en un principio tenemos que acudir a lo Libros Parroquiales, para que a través de los topónimos que se citan, tanto en las actas de bautismo como en las de matrimonios y defunciones, nos conduzcan a una reconstrucción aproximada de la extensión de la Parroquia por aquellos años de fines del siglo XVII.
Del año 1863 data un interesante documento en el que podemos leer: “… la jurisdicción eclesiástica de una parroquia debe seguir la demarcación civil de su Ayuntamiento en los lugares donde no exista expediente eclesiástico que nos indique lo contrario.
Las parroquias de Teror, Arucas y Santa Brígida, con las que linda la de San Lorenzo, no reconocen otro término en sus jurisdicciones sino el que marca la jurisdicción civil, que consta del padrón vecinal que forman los respectivos Ayuntamientos, y como en San Lorenzo no hay documento que acredite su demarcación eclesiástica ha sido costumbre seguir la demarcación civil. Los límites de San Lorenzo comienzan en la Cruz de Piedra, situada enfrente del Castillo del Rey, siguiendo todo el Lomo que domina los Barrancos de la Ciudad, y baja al Molino de Albiturría, sito en dichos barrancos”. En el mencionado documento también encontramos una cita con la fecha de la erección de la Parroquia, en cuyo expediente se dice que los límites no han de extenderse más allá del molino del Señor Arcediano D. Domingo de Albiturría.
Las palabras del citado personaje certifican la veracidad del documento, ya que en el año 1681 se ponía a su molino como referente del límite parroquial de San Lorenzo con la vecina Ciudad de Las Palmas de G.C.
El municipio de San Lorenzo y la jurisdicción de su parroquia coincidieron en su extensión hasta el año 1937, salvo la zona del Puerto y la Isleta como ya veremos más adelante. En este último año mencionado la parroquia va a ver disminuida su feligresía al desmembrarse parte de la misma y crearse así otras parroquias. A pesar de ello, los límites no han permanecido inalterables a lo largo de los años, ya que se han producido ligeras modificaciones.
Los límites parroquiales de San Lorenzo eran por el noroeste Arucas y Teror, separado de ambas por el límite natural del Barranco de Tenoya y sus prolongaciones, también limitaba con Santa Brígida, y por el sur el Barranco de Guiniguada la separaba de la jurisdicción de la Ciudad, así como también la separaba de esta última por el este, los Barrancos de la Ciudad( ver figura 2, señalada por Albiturría y Lomos), como ya vimos en el documento del año 1863. Al inaugurarse la parroquia de San Lorenzo en marzo de 1681, se designa el Barranco de Tenoya como nuevo límite, perdiendo la jurisdicción de Arucas parte de su feligresía.
Los linderos que marcaban la separación entre la jurisdicción de Teror y la de San Lorenzo seguian el Camino Real que iba al Laureral, atravesando la Caldera que separaba ambas jurisdicciones. Fue sólo por un convenio entre los curas de San Lorenzo y de Teror, por lo que a ruego de los vecinos del Espartero y Pinar de Ojeda, allá por el año 1682, acordaron que podían ser administrados en lo eclesiástico por el cura de Teror, debido a que esta última Parroquia les quedaba mucho más cerca. Ante aquellos argumentos el cura de San Lorenzo le cede al de la parroquia de Teror los emolumentos de bautismo, muerte y matrimonio, aunque quedaba claro que en el orden civil seguirían siendo vecinos de San Lorenzo. Con el paso del tiempo aquel acuerdo verbal, entre los curas de ambas jurisdicciones, llevaría a que aquellos pequeños pagos pasaran a pertenecer al municipio de Teror también en el orden civil, debido a que era algo incongruente que para asuntos civiles aquellos vecinos se tuvieran que desplazar a San Lorenzo y para los de carácter religiosos a Teror. Desde el punto de vista civil, el día 6 de julio del año 1841 los vecinos de Espartero y Pinar de Ojeda lograron su propósito de pertenecer al municipio vecino de Teror.
A pesar de ese recorte en su jurisdicción la extensión que va a cubrir la parroquia de San Lorenzo va a ser bastante considerable y debido a ello, para evitar esas tremendas distancias, se aprovechaban las diferentes ermitas existentes en la Jurisdicción.
No sólo el Espartero y Pinal de Ojeda(en los documentos de época siempre aparece como Pinal) fueron zonas de conflicto tanto a nivel civil como eclesiástico, sino que otras como Tinoca, que más tarde pertenecerá a la jurisdicción de Arucas, fueron asistidas por la parroquia de San Lorenzo hasta comienzos del siglo XVIII, según consta en las partidas de nacimiento del año 1709.
Los problemas de límites parroquiales se mantendrán a lo largo del siglo XVIII, o al menos no estaban claros, pues había vecinos del Espartero que venían a San Lorenzo a bautizar a sus hijos hasta el año 1714, a pesar de los acuerdos que habían sido tomados entre los curas de Teror y San Lorenzo.
Durante el primer cuarto del citado siglo muchos de los pobladores de Tafira, que pertenecían a la jurisdicción de la Ciudad, venían a San Lorenzo a bautizar a sus hijos debido a la proximidad geográfica, y ello seguiría sucediendo hasta el momento en que Tafira tuviera su propia parroquia, e incluso con posterioridad seguirán muchos vecinos de Tafira acudiendo a San Lorenzo para solucionar sus problemas relacionados con la fe.
Los límites de la parroquia de San Lorenzo van a permanecer casi inalterables durante 256 años, pero a partir del año 1937 dos de sus primitivas ermitas se convertirían en sendas sedes parroquiales.

Horario de misas (todo el año):

 

– San Lorenzo: Miércoles y sábados a las 19:00 horas. Domingos y festivos preceptos a las 11:30 horas.

– La Milagrosa: domingos y festivos preceptos a las 10:00 horas.

– San Gregorio Magno (Siete Puertas): sábados a las 16:45 horas.

– San Francisco de Asís (Almatriche Alto): sábados a las 17:45 horas.

Horario del despacho parroquial de San Lorenzo:

Miércoles de 17:00 a 18:30 horas

Horario de acogida de Cáritas Parroquial San Lorenzo:

Todos los miércoles de 17:00 a 18:00 horas en la Casa Santo Hermano Pedro en la C/ Marqués del Muni 18.

Horario del Cementerio Parroquial de San Lorenzo:

-Sábados de 08:00 a 17:00 horas

-Domingos de 09:00 a 13:00 horas

Contacto:

Teléfono: 928671883

Correo electrónicoparroquiamatrizsanlorenzo@gmail.com

Página web: 

Zona Pastoral Tamaraceite
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